Bonificaciones de Seguridad Social, incapacidad temporal por donación de órganos y cambios en el régimen de autónomos

El Boletín n. 4/2025, de 14 de febrero de 2025, emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, aborda varios temas relevantes en el ámbito de la Seguridad Social y las bonificaciones aplicables a entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro, así como novedades en la incapacidad temporal por donación de órganos o tejidos para trasplante y cambios en los servicios del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Bonificaciones para entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro

La Ley 7/2024, de 20 de diciembre, establece una bonificación del 100% de la cuota empresarial por contingencias comunes para clubes, asociaciones o entidades deportivas no profesionales sin ánimo de lucro que contraten entrenadores o monitores dedicados a la formación de menores de 18 años.

Esta bonificación es aplicable solo a la práctica deportiva no profesional, según lo definido en el Real Decreto 1006/1985.

Nueva situación especial de incapacidad temporal por contingencias comunes

La Ley 6/2024, de 20 de diciembre, introduce una nueva situación especial de incapacidad temporal para donantes en vivo de órganos o tejidos para trasplante, con efectos desde el 3 de marzo de 2025.

Esta situación especial incluye tanto los días discontinuos como ininterrumpidos en los que el donante reciba asistencia sanitaria y esté impedido para trabajar debido a la preparación médica de la cirugía y el trasplante.

Además, no se exigirán periodos mínimos de cotización para acceder a esta prestación, lo que facilita el acceso a la misma para los donantes.

Novedades en el funcionamiento de los servicios del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos

Se actualiza el servicio de «Gestión de varias actividades RETA» para incluir funcionalidades que antes ofrecía el servicio de «Informe Varias Actividades RETA», permitiendo comunicar la finalización de una actividad, modificar el domicilio de actividad, declarar una nueva actividad y obtener un informe actualizado de las actividades comunicadas a la Tesorería General de la Seguridad Social.

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